En este encuentro les proponemos trabajar y reflexionar sobre una pregunta específica, con la idea de acercarnos a alguna definición del concepto terrorismo de Estado.
¿Existen características específicas que definen al terrorismo de Estado? ¿Cuáles serían?
Los invitamos a ver el abordaje que hace Roberto Pittaluga en este video, para después trabajar sobre los conceptos vertidos.
Les proponemos mirar el video tratando de focalizar, y si es posible puntualizar por escrito, algunos conceptos que sistematiza Pittaluga, para caracterizar a la dictadura de 1976 como terrorismo de Estado.
El 24 de marzo de 1976 las Fuerzas Armadas realizaron en la Argentina un nuevo golpe de Estado interrumpiendo el mandato constitucional de la entonces presidenta María Estela Martínez de Perón. El gobierno de facto, constituido como Junta Militar, estaba formado por los comandantes de las tres armas: el general Jorge Rafael Videla (Ejército), el almirante Emilio Eduardo Massera (Marina) y el brigadier Orlando Ramón Agosti (Aeronáutica).
A continuación, les proponemos la lectura del Comunicado Nº 1 de la Junta Militar que tomó el poder el 24 de marzo de 1976, erigiéndose como máxima autoridad del Estado, desplazando a la Presidenta electa Isabel Martínez de Perón y a todos sus funcionarios; y cerrando el Congreso Nacional.
Nos parece un material muy útil por el alto grado de explicitación de las medidas de gobierno que tomó la Junta; y que hemos sintetizado en estos puntos:
• instaló el Estado de sitio;
• consideró objetivos militares a todos los lugares de trabajo y producción;
• removió los poderes ejecutivos y legislativos, nacionales y provinciales;
• cesó en sus funciones a todas las autoridades federales y provinciales como así también a las municipales y las Cortes de Justicia nacionales y provinciales;
• declaró en comisión a todos los jueces;
• suspendió la actividad de los partidos políticos;
• intervino los sindicatos y las confederaciones obreras y empresarias;
• prohibió el derecho de huelga;
• anuló las convenciones colectivas de trabajo;
• instaló la pena de muerte para delitos de orden público;
• e impuso una férrea censura de prensa, entre otras tantas medidas.
Asimismo, para garantizar el ejercicio conjunto del poder, las tres armas se repartieron para cada una el 33% del control de las distintas jurisdicciones e instituciones estatales (gobernaciones de provincias, intendencias municipales, ministerios, canales de TV y radios). El país fue dividido en zonas, subzonas y áreas en coincidencia con los comandos de Cuerpo de Ejército, lo que implicó la organización y división de la responsabilidad en la tarea represiva sobre aquello que denominaron “el accionar subversivo”.
Tal como el mismo Pittaluga dice claramente, no era la primera vez que tras un golpe de Estado asumía una dictadura.
Hagamos el ejercicio de retroceder un poco en el tiempo y viajemos por el siglo XX. Entre 1930 y 1976 la Argentina sufrió cinco golpes de Estado. Además, la violencia política ejercida desde el Estado contra todo actor que fuera considerado una amenaza o desafiara el poder fue una característica recurrente en la historia argentina. Sin embargo, la expresión “terrorismo de Estado” sólo se utiliza para hacer referencia al último de los golpes.
Entonces nos preguntamos:
• ¿Por qué usamos la expresión “Terrorismo de Estado”? ¿Cuál es el origen de esa expresión?
• Y ¿qué es lo que permite afirmar que se trata de un acontecimiento novedoso en la larga historia de violencias políticas de la Argentina?
La noción de terrorismo de Estado tiene un origen temprano, la publicación del libro El Estado terrorista argentino de Eduardo Luis Duhalde , en 1984. Este material contribuyó a echar por tierra la noción que sostenía que lo que había sucedido en Argentina entre 1976-1983 era producto del enfrentamiento de “dos demonios” (la llamada “teoría de los dos demonios” que mencionamos en el encuentro 2).
La categoría de terrorismo de Estado nombra el plan sistemático de secuestros, detenciones, desapariciones y apropiaciones que se desplegó en ese período por parte de quienes se constituyeron en la autoridad máxima de ese Estado. Esto implica reconocer que el delito cometido por las fuerzas del Estado es de una índole especial.
Sostener desde entonces el uso del término "terrorismo de Estado" para describir la mecánica que implementó la última dictadura argentina, pone en el centro de la descripción el carácter excepcional que la distingue del resto de los regímenes militares ocurridos en Argentina hasta entonces.
A su vez, es una categoría que permite pensar que la experiencia de la dictadura afectó a todo el cuerpo social y no solamente a los implicados directos.
A esta altura de nuestra clase, les proponemos hacer eje en cinco características del Terrorismo de Estado, que ya mencionaba Roberto Pittaluga en el video.
1) Lo propio del terrorismo de Estado fue el uso de la violencia política para eliminar a los adversarios políticos y atemorizar a toda la población a través de diversos mecanismos represivos: cárcel, exilio, persecución, prohibiciones, censura, vigilancia. Y, fundamentalmente, la implementación de los Centros Clandestinos de Detención.
Durante la dictadura funcionaron en todo el territorio, aunque no al mismo tiempo, alrededor de 500 centros clandestinos de detención de diferente magnitud: cuarteles, comisarías, dependencias públicas y hasta escuelas.
Según explica la politóloga Pilar Calveiro en su libro Poder y desaparición se trató de una cruel “pedagogía” que tenía a toda la sociedad como destinataria de un único mensaje: el miedo, la parálisis y la ruptura del lazo social.
2) El terrorismo de Estado deshumanizó al “enemigo político”, le sustrajo su dignidad personal y lo identificó con alguna forma del mal. Una de las características fundamentales de la dictadura consistió en criminalizar al enemigo a niveles extremos, la figura del desaparecido supuso borrar por completo toda huella sobre la vida de esa persona y sobre la posibilidad de que transmitiera su legado que era caracterizado como “subversivo”. La sustracción de bebés también puede ser pensada como una consecuencia de esta forma extrema de negarle dignidad humana al enemigo político.
El término “desaparecido” (un término tristemente argentino) hace referencia a aquellas personas que fueron víctimas del dispositivo del terror estatal, que fueron secuestradas, torturadas y finalmente asesinadas por razones políticas y cuyos cuerpos nunca fueron entregados a sus deudos, y que aún hoy, en su gran mayoría permanecen desaparecidos.
La finalidad era la sustracción de la identidad de la víctima y como la identidad de una persona es lo que define su humanidad, se puede afirmar que la consecuencia que tuvo el terrorismo de Estado a través de los centros clandestinos de detención fue la sustracción de la identidad de los detenidos, es decir, de aquello que los definía como humanos.
El ejercicio sistemático del terror desplegó otro mecanismo siniestro: la apropiación de menores. Los responsables del terrorismo de Estado consideraban que para completar la desaparición de la forma ideológica que pretendían exterminar era necesario evitar que ésta se transmitiera a través del vínculo familiar. Por eso, se apropiaron de los hijos y las hijas de muchos de los desaparecidos. Como dicen las Abuelas de Plaza de Mayo en su página web, el objetivo era que los niños “no sintieran ni pensaran como sus padres, sino como sus enemigos”.
La cantidad de secuestros de jóvenes embarazadas y de niños y niñas, el funcionamiento de maternidades clandestinas, las declaraciones de testigos de los nacimientos y de los mismos militares demuestran que existía un plan preconcebido. Es decir: además del plan sistemático de desaparición de personas, existió un plan sistemático de sustracción de la identidad de los niños, tema que desarrollaremos más en profundidad en un próximo encuentro.
3) El terror se utilizó como instrumento de disciplinamiento social y político de manera constante, no de manera aislada o excepcional. La violencia, ejercida desde el Estado, se convirtió en práctica recurrente. Se trató, entonces, de una política de terror sistemático.
4) El terror sistemático se ejerció por fuera de todo marco legal (más allá de la ficción legal creada por la dictadura para justificar su accionar). Es decir, la violencia política ejercida contra quienes eran identificados como los enemigos del régimen operó de manera clandestina. A ese Estado se lo considerado “terrorista” porque perdió el atributo central de cualquier Estado moderno legal, que es el monopolio legítimo de la violencia.
5) El uso del terror durante la última dictadura tuvo otra característica definitoria: dispuso de los complejos y altamente sofisticados recursos del Estado moderno para ocasionar asesinatos masivos.
En estas cinco características podemos resumir algunos rasgos definitorios del terrorismo de Estado, un régimen que se inscribe en la historia de la Argentina y que, al mismo tiempo, resulta novedoso en relación con esa misma historia.
Por último, podemos decir que estas características se relacionan dialécticamente con uno de los objetivos estratégicos del golpe cívico-militar: modificar la estructura económica y social de la Argentina. Pero esto será tema de nuestro próximo encuentro.
Nos vemos.
1. Leer el texto “La voz de los responsables”, que incluye comunicados de la Junta Militar y frases textuales de diferentes actores claves del terrorismo de Estado, y seleccionar diferentes frases que sirvan para ejemplificar cada una de las cinco características del terrorismo de Estado explicadas en la clase. Postearlas en el foro
2. Proponemos leer los prólogos del libro Nunca Más, el de 1984 y el modificado en el 2006, y escribir un breve texto comparándolos teniendo en cuenta cómo caracteriza cada uno: la dictadura; el comportamiento de los distintos sectores de la sociedad; las organizaciones armadas. Sugerimos también comparar cómo aparece en cada uno la llamada "teoría de los dos demonios". Pedimos que por favor envíen esta breve comparación por mail.
- Pensar la dictadura: terrorismo de Estado en Argentina. Preguntas, respuestas y propuestas para su enseñanza, Ministerio de Educación de la Nación, Equipo Educación y memoria, Buenos Aires, 2010. Fuente I. “La voz de los responsables”, página 36. Fuente VIII. ¿Qué recuerda del 24 de marzo de 1976? (página 48)
viernes, 14 de octubre de 2011
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un asco
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